Viernes 29 de marzo de 2024

Ante el pedido de la CGT para que Evita sea beatificada

  • 1 de noviembre, 2019
  • Buenos Aires (AICA)
Precisionesde cómo es el proceso canónico para declarar beata o santa a una persona
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El pedido que la Confederación General del Trabajo (CGT) le presentó al arzobispo de Buenos Aires, cardenal Mario Aurelio Poli, para que se inicie el proceso de beatificación de Eva Duarte de Perón, más conocida como “Evita”, abrió una serie de interrogantes sobre cómo es el proceso canónico para declarar beata o santa a una persona.



Ante numerosas consultas, es necesario precisar que sólo se trata de una presentación firmada por Julio Piumato (Judiciales) y los cosecretarios de la central obrera, Carlos Acuña y Héctor Daer, al considerar que Evita tiene méritos suficientes para alcanzar el honor de los altares.



“Esto que ocurrió es el procedimiento habitual de un grupo de creyentes que piden al obispo de un lugar determinado que se abra un proceso de beatificación, a partir de que ellos reconocen virtudes heroicas en una persona”, dijo el presbítero Máximo Jurcinovic, encargado de prensa de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA), en declaraciones a AICA.



“Este procedimiento siempre se realiza en el lugar donde la persona ha fallecido y una vez recibido la solicitud, el obispo de la jurisdicción evalúa el pedido”, puntualizó.



El vocero episcopal precisó que “por ahora lo único que ha existido, es una carta que se ha hecho pública y que contiene ese pedido al arzobispo de Buenos Aires, cardenal Poli”.



Santos: Un largo y meticuloso camino

El proceso para que alguien alcance la santidad requiere de años de estudio a nivel local y un meticuloso proceso en la Santa Sede.



Allí deberán reconocerse desde las virtudes heroicas hasta dos milagros obrados por intercesión del postulante, el primero para que sea considerado beato, y el segundo para alcanzar la santidad.



Las normas canónicas relativas al procedimiento están contenidas en la Constitución Apostólica Divinus Perfectionis Magister, promulgada por Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.



Para iniciar una causa es preciso que pasen al menos cinco años desde la muerte del candidato, aunque el pontífice hizo una excepción a ese plazo con la Madre Teresa de Calcuta.



La apertura de la instrucción debe hacerla el obispo de la diócesis donde murió la persona para quien se pide la beatificación, tras la solicitud del postulador designado por el grupo promotor (diócesis, parroquia, congregación religiosa, asociación).



Una vez obtenido el "nulla osta" de la Santa Sede, se constituye un tribunal para interrogar a testigos sobre hechos concretos que demuestren las virtudes teologales (fe, esperanza y caridad) y cardinales (prudencia, justicia, templanza y fortaleza)- del candidato. Desde ese momento recibe el título de "siervo de Dios".



Terminada la instrucción diocesana, las actas pasan al Vaticano, donde el postulador prepara la "positio", una documentación que prueba el ejercicio heroico de las virtudes que es sometido al examen de nueve teólogos.



Si recibe el voto favorable, es analizada por cardenales y obispos de la Congregación, que la presentan al Papa. Al alcanzar esa instancia el nominado es considerado "venerable".



Para la beatificación hace falta un milagro, atribuido a la intercesión del Siervo de Dios, que se haya verificado después de su muerte.



Ese milagro debe ser aprobado mediante un análisis científico, médico y teológico, y luego el Pontífice decide la beatificación, que es la concesión del culto público limitado. Al candidato le corresponde el título de "beato".



El último paso al honor de los altares es el reconocimiento de un segundo, ocurrido después de la beatificación. La canonización concede el culto público en la Iglesia y el beato es elevado a "santo".+