Viernes 19 de abril de 2024

Piden respetar a los indígenas en la reforma del Código Civil

  • 13 de agosto, 2012
  • Resistencia (Chaco) (AICA)
El jueves 9 de agosto concluyó en la ciudad de Resistencia (Chaco) un importante encuentro del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA), cuyo coordinador nacional es el presbítero Ponciano Acosta, con varias instituciones, como la Junta Unida de Misiones (JUM), el Instituto de Cultura Popular (INCUPO), y organizaciones representantes de los indígenas. Fueron dos días (8 y 9 de agosto) de intercambio y de información acerca de las consecuencias que se derivarían ´sobre la población indígena de aprobarse el proyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial. Al concluir las intensas reuniones hubo un acuerdo acerca de los pasos a seguir y pareció conveniente hacer públicas las reflexiones sobre la problemática indígena debatidas en dichas reuniones para conocimiento de la ciudadanía, que ignora los principios constitucionales sobre esta cuestión.
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El jueves 9 de agosto concluyó en la ciudad de Resistencia (Chaco) un importante encuentro del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA), cuyo coordinador nacional es el presbítero Ponciano Acosta, con varias instituciones, como la Junta Unida de Misiones (JUM), el Instituto de Cultura Popular (INCUPO), y organizaciones representantes de los indígenas. Fueron dos días (8 y 9 de agosto) de intercambio y de información acerca de las consecuencias que se derivarían ´sobre la población indígena de aprobarse el proyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial.

Al concluir las intensas reuniones hubo un acuerdo acerca de los pasos a seguir y pareció conveniente hacer públicas las reflexiones sobre la problemática indígena debatidas en dichas reuniones para conocimiento de la ciudadanía, que ignora los principios constitucionales sobre esta cuestión.

Reflexiones de ENDEPA sobre la reforma del Código Civil
En la ciudad de Resistencia reunidos los días 8 y 9 de agosto miembros de comunidades y organizaciones indígenas, Instituciones que acompañan a los pueblos originarios, organismos de derechos humanos de las provincias de Misiones, Chaco, Formosa, Santa Fe, Buenos Aires y Salta, frente al proyecto de reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial en tratamiento en el Congreso de la Nación han elaborado las presentes reflexiones para conocimiento de la sociedad.

El proyecto de ley es necesario para garantizar y actualizar los derechos civiles y comerciales de las personas, destacamos que en él se ha incluido a las comunidades indígenas, se reconoce su existencia y la propiedad comunitaria de la tierra.

Ante ello debemos hacer observar que nuestro país en 1994 incorporó al artículo 75 de la Constitución Nacional los incisos 17 y 19, y en 2001 la Argentina torna exigible como Estado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Pueblos Indígenas y Tribales y votó afirmativamente en 2007 la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; todo ello fruto del largo camino realizado por los pueblos indígenas en el reconocimiento de sus derechos.

Esta propuesta de reforma del Código Civil nos preocupa pues nos hace retroceder en este largo camino de construcción. Como ejemplo vemos:

1). No se ha realizado la Consulta, previa libre e informada, de buena fe, establecida en el Convenio 169 de la OIT y que es Ley en nuestro país.

2). No se ha respetado que las relaciones de las comunidades originarias con el Estado se enmarcan en un ámbito de derecho público, debiendo ser reconocidas como personas jurídicas de derecho público.

3). La propiedad comunitaria indígena tal como se encuentra en el proyecto de ley no respeta la identidad, la cosmovisión, y la especial relación espiritual, tradicional y cultural que poseen con sus territorios.

Ante ello, consideramos fundamental y alentamos el fortalecimiento de la democracia a través de mecanismos de participación que respeten la diversidad de los pueblos indígenas, y solicitamos se haga efectivo el derecho a la consulta tal como lo establece el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT, correspondiendo a la Comisión Bicameral del Congreso Nacional convocar y financiar tal proceso.

Proponemos que ante la existencia de normas del Código Civil que se refieran a derechos indígenas, éstas deben ser acordes con la Constitución Nacional y los compromisos internacionales asumidos por el Estado respecto de los derechos indígenas.

Invitamos a las comunidades y organizaciones indígenas, organismos de derechos humanos, movimientos sociales y organizaciones populares, a reflexionar activamente sobre esta situación para poder ejercer la participación que esta etapa histórica merece.+