Viernes 19 de abril de 2024

Los bienes de la Santa Sede tienen un destino universal, subraya Francisco

  • 24 de febrero, 2023
  • Ciudad del Vaticano (AICA)
Con un motu proprio publicado el jueves 23 de febrero, el papa aclara el carácter público eclesiástico de los muebles e inmuebles adquiridos por entidades vinculadas al Vaticano
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Los bienes -muebles e inmuebles- de la Santa Sede tienen un "destino universal" y las instituciones y entidades que los han adquirido o que los han registrado dentro de ellos, son "fiadores" y no "dueños privados", ya que actúan y deben actuar siempre “en nombre y bajo la autoridad del papa”.

Así lo reitera Francisco en el motu proprio firmado el 20 de febrero pero publicado tres días después, en el que, refiriéndose a los cánones 1254 y 1255 del derecho canónico, aclara el carácter público eclesiástico de los bienes adquiridos por las instituciones curiales. y entidades vinculadas a la Santa Sede.

“El derecho innato, independiente del poder civil, de la Santa Sede de adquirir bienes temporales es uno de los instrumentos que, con el apoyo de los fieles, la administración prudente y los controles oportunos, aseguran a la Sede Apostólica la posibilidad de actuar en la historia, en el tiempo y en el espacio, para los fines propios de la Iglesia y con la independencia necesaria para el cumplimiento de su misión”, dice el documento papal.

En el texto se subraya -como se estipula más arriba- que “las entidades de la Santa Sede los adquieren y utilizan, no para sí mismos, como propietarios privados, sino en nombre y bajo la autoridad del Romano Pontífice, para la consecución de sus fines institucionales, que son también públicos, y por tanto para el bien común y al servicio de la Iglesia universal”.

En otras palabras, las entidades e instituciones que hayan adquirido y en las que, por cumplimiento de las normas civiles, se hayan inscrito estos bienes, deberán cuidar de ellos "con la prudencia que exige la gestión del bien común y conforme a la normas y competencias que la Santa Sede se ha dado a sí misma".

Este motu proprio no modifica, por tanto, las competencias de los órganos interesados, ni dicta nuevas reglas, sino que reafirma un principio fundamental relativo al carácter público de los bienes y al papel de las instituciones curiales y entidades afines.

“Todos los bienes, muebles e inmuebles, incluidos el dinero en efectivo y los títulos valores, que hayan sido o vayan a ser adquiridos, de cualquier modo, por las instituciones curiales y entidades relacionadas con la Santa Sede, son bienes públicos eclesiásticos y, como tales, pertenecen, en propiedad u otro derecho real, a la Santa Sede en su conjunto y por tanto forman parte, con independencia del poder civil, de su patrimonio unitario, indiviso y soberano”, indica el primer párrafo del documento.

Por lo tanto, “ninguna institución o entidad puede reclamar propiedad o título privado y exclusivo sobre los bienes de la Santa Sede, ya que siempre ha actuado y debe actuar siempre en nombre, por cuenta y para los fines de la Santa Sede. en su conjunto, entendida como persona jurídica unitaria, representándola sólo cuando así lo exija y lo permita el derecho civil”.

Este principio pretende ser una guía para la acción de toda la Santa Sede y llama a todos a la búsqueda del bien común y a la responsabilidad que implica la administración de los asuntos públicos eclesiásticos, recordando la finalidad de los bienes temporales del Vaticano que son bienes públicos de la Iglesia destinados indisolublemente a la consecución de sus fines y no sólo a los de la entidad individual a la que están confiados.

El documento también especifica que “nada cambia” para el patrimonio de las personas jurídicas instrumentales, es decir, las fundaciones y entidades que se refieren a la Santa Sede inscritas en la lista del Estatuto del Consejo de la Santa Sede de economía y tienen su sede en el Estado de la Ciudad del Vaticano. Con el motu proprio del 5 de diciembre de 2022 ya se había aclarado que su propiedad también pertenece a la Santa Sede.

Este nuevo texto está en línea con las reformas iniciadas por el Papa con la constitución apostólica Praedicate Evangelium y, antes, con las reformas económicas.+