Jueves 12 de junio de 2025

Indulgencia plenaria por el Año de la Fe en Gualeguaychú

  • 6 de febrero, 2013
  • Gualeguaychú (Entre Ríos)
El obispo de Gualeguaychú, monseñor Jorge Lozano, dio a conocer un decreto por el cual dispuso las condiciones para obtener el don de la indulgencia plenaria a lo largo del Año de la Fe. El obispo estableció que la gracia puede ganarse cada vez que los fieles concurran a la celebración principal de una fiesta patronal. También será oportunidades de lucrar el beneficio los encuentros diocesanos que se realicen durante el año y las fechas más relevantes del calendario litúrgico, además de la visita del fiel al baptisterio o lugar donde recibió el sacramento del bautismo.
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El obispo de Gualeguaychú, monseñor Jorge Lozano, dio a conocer un decreto por el cual dispuso las condiciones para obtener el don de la indulgencia plenaria a lo largo del Año de la Fe, que comenzó el 11 de octubre del año pasado y se extenderá hasta el próximo 24 de noviembre, fiesta de Cristo Rey del Universo.

Mediante este documento, el obispo estableció que la gracia puede ganarse cada vez que los fieles concurran a la celebración principal de una fiesta patronal, sobre todo la de la parroquia y/o capilla a la que pertenecen.

También serán oportunidades de lucrar el beneficio los encuentros diocesanos que se realicen durante el año y las fechas más relevantes del calendario litúrgico, como la Misa Crismal, el Miércoles Santo, considerada como expresión de fe y vida de toda la diócesis que acompaña a sus sacerdotes en la renovación de sus promesas y recibe los óleos para sus sacramentos.

Además, se estableció la posibilidad de alcanzar el don de la indulgencia plenaria un día cuando el fiel visite el baptisterio o lugar donde recibió el sacramento del bautismo, si renueva las promesas bautismales de cualquier forma legítima.

En el decreto se pide además recordar que quienes "por enfermedad o justa causa" no puedan salir de la casa o del lugar donde se encuentren, podrán obtener el don si permanecen "unidos con el espíritu y el pensamiento a los fieles presentes, particularmente cuando las palabras del Sumo Pontífice o de los obispos diocesanos se transmitan por radio o televisión, y recen allí donde se encuentren el Padrenuestro, la Profesión de fe en cualquier forma legítima y otras oraciones conformes a la finalidad del Año de la Fe ofreciendo sus sufrimientos o los problemas de su vida".

Finalmente el decreto recuerda que "en cada caso se deberán observar las condiciones establecidas por el Derecho para obtener este beneficio espiritual, es decir, la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por el Sumo Pontífice".+