Sábado 27 de abril de 2024

El Papa cambia los estatutos de la basílica Santa María la Mayor

  • 21 de marzo, 2024
  • Ciudad del Vaticano (AICA)
El arzobispo Rolandas Makrickas fue nombrado nuevo arcipreste coadjutor y deberá centrarse en los deberes pastorales y espirituales, al margen de toda preocupación económico-administrativa.
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El Papa Francisco aprobó los nuevos Estatutos y el Reglamento del Capítulo de la basílica papal de Santa María la Mayor, y confió al arzobispo de origen lituano Rolandas Makrickas todas las facultades para aplicar las nuevas normas, hasta que se establezca un nuevo Consejo de Administración.

En su quirógrafo, publicado el miércoles 20 de marzo, el Papa "libera" a los canónigos de todas las responsabilidades económicas y administrativas, y nombra al arzobispo Makrickas nuevo arcipreste coadjutor de la basílica papal.

Tras el proceso de encargo asignado al arzobispo Makrickas, quien fue nombrado comisionado extraordinario en diciembre de 2021, el Papa Francisco completó la reestructuración de la basílica, que visitó más de cien veces y donde espera ser enterrado algún día.

Un rescripto publicado por monseñor Edgar Peña Parra, suplente de la Secretaría de Estado, reseña las nuevas funciones de los canónigos (sacerdotes pertenecientes al Capítulo de la Basílica), los documentos del nuevo Estatuto y del Reglamento, y el nombramiento de monseñor Makrickas, "con derecho de sucesión."

Reordenación del Capítulo y la Basílica
En su quirógrafo, el Papa Francisco recordó haber confiado al arzobispo Makrickas, asistido por una comisión especial, la tarea de reordenar el Capítulo y la basílica, "para el mayor bien del pueblo de Dios".

Durante siglos, el Capítulo ha salvaguardado los tesoros de Santa María la Mayor, como el ícono de la Salus Populi Romani (al que el Papa confía cada viaje apostólico al extranjero) y la reliquia del Santo Pesebre, ha supervisado el decoro de las celebraciones litúrgicas y acogió a los fieles que peregrinaban a la basílica.

"Hoy, al final del proceso de encargo -escribió el Papa-, considero oportuno relevar a los canónigos de toda responsabilidad económica y administrativa, para que puedan dedicarse plenamente y con renovado vigor al acompañamiento espiritual y pastoral que los peregrinos de todo el mundo buscan y esperan encontrar, cruzando el umbral del primer santuario mariano de Occidente".

Deberes del arcipreste coadjutor
El Papa también aprobó el Estatuto y el Reglamento que, dijo, fueron redactados "inspirados en los principios y criterios de la constitución apostólica Praedicate Evangelium", y confirió al arzobispo Makrickas "todas las facultades necesarias para la moderación y aplicación de las nuevas normas y para el gobierno del Capítulo."

El Santo Padre decretó, además, que el nuevo arcipreste coadjutor "continuará ejerciendo la representación legal" y conservará "la facultad de realizar actos de administración ordinaria y extraordinaria".

Esto continuará hasta la creación de un Consejo de Administración -nueva entidad creada por el Estatuto- que, como establece el artículo 48, tendrá a su cargo la gestión de los bienes del Capítulo.

El Papa también asignó al arzobispo Makrickas "las funciones propias del vicario del arcipreste, del delegado para la pastoral y del delegado para la administración, hasta sus respectivos nombramientos".

Estas dos tareas son nuevas incorporaciones al organigrama de la basílica. En particular, el delegado de pastoral será el primer colaborador del arcipreste para las actividades de los canónigos y de Santa María Mayor, trabajando en estrecha colaboración con el maestro de ceremonias, coordinando los servicios relacionados con la pastoral y las ceremonias.

Deberes del Consejo Administrativo
Los dos delegados, junto con el arcipreste que los preside, formarán el Consejo de Administración, con un representante de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano y un representante de la APSA (Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica).

Se señala que todos los miembros desempeñarán sus cargos por cinco años y podrán ser reelegidos; su mandato finalizará con la aprobación de las cuentas anuales del último ejercicio.

Las sesiones del Consejo de Administración podrán realizarse de forma presencial o remota, según sea necesario. Se reúne, previa convocatoria del arcipreste, al menos dos veces al año y siempre que exista solicitud motivada de al menos tres de sus miembros. En ausencia del arcipreste, las reuniones del Consejo de Administración son presididas por el delegado de administración.

El Consejo también "planifica, delibera y verifica las líneas estratégicas de administración del Capítulo", dando directivas y mandatos: a la APSA para la gestión de los bienes inmuebles generadores de ingresos del Capítulo que le sean confiados según el Acuerdo específico; al delegado de administración para la gestión del resto de bienes y para las actividades de la basílica.

El Consejo determinará anualmente el importe de la remuneración que habrá de pagarse a los clérigos, religiosos y laicos que trabajen para el Capítulo o la basílica. Y, luego de recibir el presupuesto y la cuenta, prepara los presupuestos anuales (proyectados y definitivos) en las formas y términos que establezca la Secretaría de Economía.

Cánones y Coadjutores del Capítulo Honorario
Entre las otras principales novedades del Estatuto se encuentra la relativa a los canónigos y coadjutores del Capítulo que han cumplido o cumplirán la edad de 80 años.

A esa edad asumirán la condición de canónigos honorarios y coadjutores honorarios y, siempre que las condiciones de salud y autosuficiencia lo permitan, "conservarán el uso del apartamento del que ya disfrutan, el título de protonotario supernumerario apostólico y el suyo propio".

Los coadjutores honorarios disfrutarán de un alquiler reducido y, junto con los canónigos honorarios, podrán "continuar en la actividad litúrgico-pastoral voluntaria en la basílica" y "seguir percibiendo la asignación capitular". También podrán "aprovechar la posibilidad de recibir el entierro en el Cementerio del Canónigo".

Los cánones honorarios están "exentos de toda obligación" hacia el Capítulo y, en consecuencia, "no participan en las sesiones capitulares".

Las mismas disposiciones se aplican también a aquellos canónigos y coadjutores que, aunque no hayan cumplido aún los 80 años, "hace mucho tiempo que no asisten a las celebraciones litúrgicas y no participan en las sesiones capitulares".

Además, el quirógrafo del Papa elimina a los coadjutores del Capítulo, pero introduce la posibilidad de invitar a sacerdotes para ayudar al Capítulo en casos extraordinarios.

Finalmente, según las nuevas disposiciones, el Maestro de la Capilla Musical de Liberia deberá ser elegido entre directores de reconocida fama. El contrato renovable tendrá una duración de cinco años.+