Sábado 5 de octubre de 2024

Destitución definitiva del estado clerical a un exsacerdote de Reconquista

  • 2 de julio, 2021
  • Reconquista (Santa Fe) (AICA)
El Obispado de Reconquista emitió un comunicado de prensa en el que informa que fue rechazada la apelación presentada por Néstor Fabián Monzón, quien fue definitivamente destituido del estado clerical
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El Obispado de Reconquista emitió un comunicado en referencia a la apelación presentada por Néstor Fabián Monzón a un decreto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, en el que informa que dicha apelación fue rechazada y el estado clerical de Monzón fue destituído de forma definitiva.

Texto del comunicado

Reconquista, 1 de julio de 2021.

A los cristianos de la Diócesis de Reconquista, y a la Comunidad en General:

Mediante una carta recibida el día 01 de junio de 2021, dirigida al obispo diocesano, Mons. Ángel José Macín, con fecha del 11 de mayo de 2021, Prot. 262/2016-82797, el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y Moderador del Colegio para el Examen de los Recursos, S.E.R. Luis Francisco, Card. Ladaria Ferrer, ha comunicado que la apelación al recurso presentado por Néstor Fabián Monzón al decreto del 26 de octubre de 2020, Prot. N° 262/2016 de ese Dicasterio, y después de un atento estudio de la misma, ha sido rechazada, considerándola inadmisible. En consecuencia, confirmando la decisión expresada en dicho decreto, y habiéndose agotado todas las instancias, se declara que la destitución del estado clerical de Néstor Fabián Monzón es DEFINITIVA, para todos los efectos de la ley.

Por lo tanto, luego de haber recorrido todos los pasos previstos por el Derecho Canónico en las causas llamadas de “delicta graviora”, el Proceso Administrativo Penal, llevado a cabo en la diócesis, con el seguimiento y orientación permanentes de la Santa Sede, contra Néstor Fabián Monzón, ha llegado a su finalización.

La destitución del estado clerical supone la pérdida de todos los derechos y las obligaciones inherentes al orden sacerdotal, sin perjuicio de lo prescripto en el can. 291. También queda inhabilitado para ejercer el ministerio sacerdotal, quedando a salvo lo establecido en el can. 976 del Código de Derecho Canónico.

Después de haber notificado a Néstor Fabián Monzón, y a todas las partes concurrentes en este caso, se procederá a remitir la documentación pertinente a la Congregación para la Doctrina de la Fe y a archivar la causa.

Oficina de Prensa Obispado de Reconquista.+