Martes 23 de abril de 2024

Declaración de ASESCA ante el fallo de la Suprema Corte

  • 4 de abril, 2012
  • Buenos Aires (AICA)
La Asociación de Escritoras y Publicistas Católicas (ASESCA), en una declaración lamenta profundamente el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que facilita el crimen del aborto mediante la reinterpretación de los casos absolutorios por violación, contenidos en el Art. 86 del Código Penal Argentino. El supremo tribunal de justicia parece haber olvidado el principio básico de la justicia que consiste en "dar a cada cual lo que le corresponde" y que, en el caso del niño en gestación, es el derecho a la vida el que se debe resguardar en primera instancia. La declaración lleva la firma de la vicepresidenta de ASESCA, Rita Barros Uriburu de Sverdlik.
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La Asociación de Escritoras y Publicistas Católicas (ASESCA), en una declaración lamenta profundamente el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que facilita el crimen del aborto mediante la reinterpretación de los casos absolutorios por violación, contenidos en el artículo 86 del Código Penal Argentino.

El supremo tribunal de justicia parece haber olvidado el principio básico de la justicia que consiste en "dar a cada cual lo que le corresponde" y que, en el caso del niño en gestación, es el derecho a la vida el que se debe resguardar en primera instancia.

Desde el punto de vista ético dice Josef Pieper,?"que el hombre dé al hombre lo que a éste le corresponde: he aquí el fundamento en el que se basa toda justa ordenación sobre la tierra".

La declaración lleva la firma de la Vicepresidenta de ASESCA, Rita Barros Uriburu de Sverdlik.

Texto de la declaración
La Asociación de Escritoras y Publicistas Católicas (ASESCA) lamenta profundamente el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que facilita el crimen del aborto mediante la reinterpretación de los casos absolutorios por violación, contenidos en el artículo 86 del Código Penal Argentino.

Al mismo tiempo, denuncia el uso falaz del artículo que hacen algunos funcionarios y organizaciones no gubernamentales para presionar a las Cámaras Legislativas para despenalizar el aborto, y para generar una opinión pública favorable al aborto.

La violación es una tragedia en la vida de una mujer, lo es aún más, si este hecho se produce en el tiempo de la niñez tan caracterizado por el sentido de confianza y de protección que los adultos inspiran a los niños. El aporte de la ciencia psiquiátrica muestra que el aborto es una de las principales causas de depresión y de suicidio en la mujer, por lo que resulta inexplicable que los miembros de la Corte Suprema, entiendan que a la traumática experiencia de la violación pueda sumarse la del aborto sin que se agrave la situación de la madre niña o adulta.

Por otro lado, es repudiable que se empleen políticamente los dolorosos casos de embarazo por violación a niñas para forzar a una legislación facilista respecto del aborto. Despenalizado o legalizado, seguirá siendo un abominable crimen que cobra inexorablemente una vida, la del niño y mutila un proyecto de vida, el de la madre.

Existen otras soluciones más humanas, encuadradas en el derecho e inspiradas en el respeto a la dignidad de las personas. No sólo la posibilidad de dar al niño en adopción es la puerta de salida a este drama, también lo es la debida contención psicoafectiva a la madre y la posibilidad de acortar el tiempo de gestación sin poner en riesgo de vida extrauterina a la persona por nacer.

Hoy todo esto es posible gracias al reciente mejoramiento de las leyes de adopción y los avances de las ciencias médicas en materia psiquiátrica y en neonatología.

Todos estos cursos de acción resuelven el supuesto conflicto de derechos que se pretende enfrentar entre el hijo y su madre cuando hay un embarazo por violación. El supremo tribunal de justicia parece haber olvidado el principio básico de la justicia que consiste en "dar a cada cual lo que le corresponde" y que, en el caso del niño en gestación, es el derecho a la vida el que se debe resguardar en primera instancia.

Desde el punto de vista ético dice Josef Pieper,?"que el hombre dé al hombre lo que a éste le corresponde: he aquí el fundamento en el que se basa toda justa ordenación sobre la tierra".

Para la legislación argentina, el niño en el seno materno es denominado "persona por nacer" susceptible de derechos. Tanto lo es, que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 6, inciso 5, establece que no se aplicará pena de muerte a las mujeres en estado de gravidez.

Este artículo no entra en capciosas disquisiciones intelectuales de algunas tendencias jurídicas que ponen en duda la condición de persona del niño en el seno materno. El mismo aspecto se encuentra contemplado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el artículo 4, inciso 5, y ambos tratados forman parte del plexo normativo argentino cuando fueron incorporados a la Constitución Nacional en la reforma del año 1994.

Estos refuerzan otros tratados constitucionales que claramente definen a la persona por nacer a partir de la concepción ?Convención sobre los Derechos del Niño, Ley 23.849- y reconocen su carácter de persona jurídica ?Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 2 y 3; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 16-.

Finalmente, ASESCA quiere llamar la atención sobre el compromiso que parece asumir la Corte en su fallo al reconocerse obligada a respetar las directivas de compromisos internacionales. En este sentido, como órgano del Estado argentino, su primera obligación es respetar la legislación interna en virtud del interés superior de la Nación a la cual se debe. La Nación Argentina es un Estado soberano y no reconoce otra autoridad más que la delegada por su pueblo a las autoridades legítimamente constituidas por voto popular.

Existe una amplia documentación por la cual los organismos internacionales presionan al Estado para la despenalización del aborto con fines de control demográfico, sería injusto quizás, sospechar que el fallo es coincidente con esos objetivos.

ASESCA hace suyas las palabras de Juan Pablo II cuando afirmó que una nación que mata a sus propios hijos es una nación sin futuro.+