Jueves 21 de noviembre de 2024

Bolivia: los obispos demandan al Estado tras el cierre forzoso de un colegio católico

  • 13 de junio, 2024
  • La Paz (Bolivia) (AICA)
El episcopado presentó una petición de reapertura del establecimiento ante el Ministerio de Educación, junto con un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Educación: ambos fueron rechazados.
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ADF International llevó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) un caso en nombre de la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB) contra el Estado boliviano por el cierre forzoso de su colegio de formación de maestros.

El Instituto Normal Superior Católico Sedes Sapientiae (INSCSS) fue clausurado por el Estado en 2010, como parte de una política para monopolizar la formación docente. La Ley de Educación recientemente aprobada en ese momento ordenó el cierre de las dos escuelas de formación de maestros existentes, gestionadas por las iglesias católica y adventista, y prohibió la creación de futuras instituciones privadas que ofrecieran títulos para educadores.

"Tanto la Constitución boliviana como el derecho internacional protegen el derecho a la libertad educativa y religiosa, incluido el derecho a crear y gestionar instituciones educativas. Las autoridades bolivianas han violado flagrantemente ambos derechos al cerrar por la fuerza la Escuela Normal Católica", declaró Tomás Henríquez, director de Área para América Latina de ADF International.

"Esperamos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tome este caso y responsabilice al Estado boliviano por estas graves violaciones de los derechos humanos. No se puede permitir que ocurran violaciones tan groseras de las libertades fundamentales", agregó Henríquez.

ADF International presentó la petición ante la CIDH en representación de la Conferencia Episcopal, después de que el Tribunal Constitucional boliviano rechazara un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro, aliado de ADF International en el país.

Contexto del Caso
Al nacionalizar la formación docente y cerrar el INSCSS, el Estado boliviano está violando el derecho internacional de los derechos humanos, incorporado a su legislación por mandato constitucional.

El artículo 13.4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) protege la "libertad de los individuos y de las entidades para establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición de que la educación dada en tales instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el Estado". 

La legislación boliviana vulnera este derecho al prohibir a las organizaciones e iglesias establecer y dirigir escuelas normales, sin establecer los requisitos mínimos que les permitirían hacerlo.

El INSCSS, fundado el 23 de febrero de 1956 a solicitud del arzobispo de La Paz, monseñor Abel Antezana, tenía como objetivos formar maestros para los niveles de educación inicial, primaria y secundaria; certificar a sus egresados como maestros; y gestionar el registro de sus egresados conforme a las normas nacionales bolivianas de enseñanza.

Desde su creación, el INSCSS formó a más de 12.750 profesores y produjo 125 textos educativos, 14 de ellos en lenguas indígenas. El instituto ha recibido múltiples distinciones por sus contribuciones a la educación y la cultura bolivianas, incluyendo la Condecoración Nacional de la Orden del Cóndor de los Andes y reconocimientos de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia.

En 2010, la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia promulgó la Ley N° 070 de Educación, conocida como "Ley Avelino Siñani", que nacionalizó la formación de docentes y ordenó el cierre de los institutos privados de formación docente, incluyendo el INSCSS.

Tras el cierre, la Conferencia Episcopal solicitó la reapertura del instituto al Ministerio de Educación boliviano y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Educación;sin embargo, ambas medidas fueron rechazadas. Ahora, la CIDH deberá pronunciarse sobre la admisibilidad del caso y notificar al Estado boliviano para que responda a las demandas presentadas en su contra.+