Muerte digna: Lamentan que favorezca la eutanasia pasiva
- 18 de mayo, 2012
- Rosario (Santa Fe) (AICA)
En el marco de la reciente reunión de la Junta Arquidiocesana de Laicos de la arquidiócesis de Rosario, sus participantes ?encabezados por el arzobispo local, monseñor José Luis Mollaghan- criticaron aspectos de la ley de muerte digna recientemente sancionada en el Congreso. "Si bien se dice que la reciente ley no favorece la eutanasia; sin embargo permite lamentablemente lo que se denomina una eutanasia pasiva, ya que se admite como posible el rechazo a cuidados fundamentales mientras haya vida, aún en la fase terminal como son la ?hidratación y alimentación?, y no se los puede considerar como si fueran medios extraordinarios, ya que en realidad estos son absolutamente ordinarios", dijeron al analizar la normativa. Asimismo, alertaron que "si se prescinde de los medios ordinarios y elementales aún cuando la persona se encuentra en el estadio terminal de la vida, entonces moralmente no se trata de procurar una muerte con dignidad".
"Si bien se dice que la reciente ley no favorece la eutanasia; sin embargo permite lamentablemente lo que se denomina una eutanasia pasiva, ya que se admite como posible el rechazo a cuidados fundamentales mientras haya vida, aún en la fase terminal como son la ?hidratación y alimentación?, y no se los puede considerar como si fueran medios extraordinarios, ya que en realidad estos son absolutamente ordinarios", dijeron al analizar la normativa.
El encuentro de la Junta Arquidiocesana de Laicos se realizó el jueves 10 de mayo, e hizo hincapié en el tema de la "muerte digna" y sus alcances desde la moral cristiana.
Hubo un intercambio de opiniones, se escuchó a una médica y también la exposición del arzobispo de Rosario, monseñor José Luis Mollaghan, sobre la ley en relación con el Magisterio de la Iglesia.
El prelado se refirió al sentido de la vida y de la muerte. Por ello, expresó que ante las leyes positivas que tienen que ver con el don precioso de la vida, así como ante la prueba de la enfermedad y la llamada de Dios en el momento de la muerte; cabe una reflexión sobre su dimensión moral; sabiendo que los cristianos debemos mantenernos iluminados por la ley natural, contando para mayor claridad con la enseñanza del Evangelio y de la Doctrina de la Iglesia, que considera estos temas con profundidad en orden al bien verdadero del hombre.
"Cuanto más la legislación positiva se aleje de los principios naturales, más debemos fortificar la formación y el conocimiento de los mismos por parte de los hombres y mujeres de fe; para no hacer en conciencia uso de estas leyes, ya que una legislación positiva no puede cambiarlos.
"Los cristianos somos realistas ante el tema de la vida y de la muerte, porque sabemos que así como hay una voluntad para que cada uno pueda nacer, también lo hay en cada muerte humana; por esto ante el misterio de la muerte, tenemos que estar abiertos a buscar la voluntad de Dios.
"La vida es sagrada, y así como cualquier atentado contra ella es una falta grave contra la ley de Dios; también el momento definitivo de la muerte, no nos permite transformarnos autónomamente en dueños ni de la vida ni de la muerte.
"Es importante que se evite el encarnizamiento terapéutico, como lo especificó anteriormente la enseñanza moral de la Iglesia en reiteradas oportunidades. Se trata de métodos extraordinarios en el estadio terminal de la vida.
"Además de la alimentación e hidratación deben entenderse por cuidados normales la aspiración de las secreciones bronquiales y la detersión de las úlceras de decúbito. En este sentido se ha expresado, por ejemplo, la Carta de los Agentes Sanitarios y otros comentarios cualificados: ?La alimentación e hidratación, aún artificialmente administrada, son parte de los tratamientos normales que siempre se le han de proporcionar al enfermo cuando no resultan gravosos para él: Su indebida suspensión significa una verdadera y propia eutanasia?".
"Dejar de brindar estos medios ordinarios y elementales es moralmente ilícito y resultaría un abandono, como también si no se incluye con este mismo criterio otros que sean ordinarios, como el cuidado del cuerpo del enfermo; porque cualquier persona, cualquiera sea su condición, tienen derecho a que se respete y cuide su vida hasta donde sea posible mediante el recurso a los medios ordinarios y proporcionados. Si estos se niegan, entonces no se trata de una muerte digna, ni se deja al enfermo morir en paz.
"De este modo, frente a la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, en conciencia es lícito moralmente tomar la decisión de renunciar a los tratamientos extraordinarios que procurarían solamente una prolongación precaria de la existencia; pero sin embargo, sin interrumpir las curas normales debidas al enfermo en casos similares.+