Domingo 24 de noviembre de 2024

El Opus Dei concluye proceso canónico a un sacerdote condenado por abusos en España

  • 17 de julio, 2020
  • Madrid (España) (AICA)
La Prelatura del Opus Dei en España publicó un comunicado en el que explica la conclusión del proceso canónico por una denuncia de abuso sexual contra el sacerdote Manuel Cociña.
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La Prelatura del Opus Dei en España publicó un comunicado en el que explica la conclusión del proceso canónico por una denuncia de abuso sexual contra el sacerdote Manuel Cociña. 

El documento difundido este jueves 16 de julio indica que el sacerdote tendrá prohibido durante cinco años predicar y administrar sacramentos y sacramentales, salvo la Misa en privado, y después “su actividad pastoral quedará limitada, por un periodo de otros cinco años, al ámbito del centro de la Prelatura en el que tiene su domicilio”. 

En agosto de 2018 recibieron una denuncia de abuso sexual contra Manuel Cociña, sacerdote del Opus Dei, ocurrido en Sevilla en el curso 2002-2003. El denunciante era mayor de edad en el momento de los hechos.

“El Vicario regional de la prelatura del Opus Dei en España ordenó en septiembre de 2018 una investigación preliminar y se adoptaron como medidas cautelares restringir su actividad pastoral al ámbito del centro de la Prelatura en el que reside y solo con mayores de 30 años”, explican en el comunicado.

El expediente de la investigación se remitió a la Congregación para la Doctrina de la Fe en diciembre de 2018. Ahora, señalan, “el procedimiento penal administrativo ordenado por la congregación ha concluido, tras sopesar las pruebas que se presentaron, con una condena por solicitación (cfr. canon 1387 del Código de Derecho Canónico)”. Esta decisión “es firme desde el 15 de julio de 2020, tras la conclusión del plazo para recurrir (cfr. canon 1737 del Código de Derecho Canónico)”.

Según el comunicado, le han impuesto las siguientes medidas penales: “Prohibición durante cinco años de predicar y administrar sacramentos y sacramentales, salvo la Misa en privado (cánones 1336 § 1,3° y 1387 del Código de Derecho Canónico)”. Una vez cumplido el tiempo de la pena de prohibición del ejercicio del sacerdocio, “su actividad pastoral quedará limitada, por un periodo de otros cinco años, al ámbito del centro de la Prelatura en el que tiene su domicilio”.

A lo largo de la investigación y del proceso, además del denunciante, “otros dos adultos manifestaron actuaciones canónicamente reprobables por parte del sacerdote”. “No hubo menores involucrados”, aseguran. 

El Opus Dei aclara que el delegado de la Obra en este procedimiento “mantuvo contacto con el denunciante durante todo el proceso”. Además, la Prelatura está atendiendo los gastos médicos y psicológicos del denunciante, a través del arzobispado de Santiago de Chile”.

La prelatura “pide perdón y lamenta profundamente el sufrimiento generado en las víctimas”, y pide a Dios “que brinde consuelo y curación a las personas afectadas”, a la vez que invitan “a rezar por ellas y por el mencionado sacerdote”. +