Viernes 19 de abril de 2024

Un primer análisis del nuevo Código Civil y Comercial

  • 2 de octubre, 2014
  • Buenos Aires (AICA)
El Centro de Bioética Persona y Familia, que preside el doctor Nicolás Laferriere, hizo un primer análisis del nuevo Código Civil y Comercial, aprobado ayer por el oficialismo y sus aliados en la Cámara de Diputados y con ausencia de la oposición. Destaca que se considere el comienzo de la existencia de la persona humana con "la concepción" y que se hayan quitado los artículos referidos a la fecundación post-mortem y el llamado "alquiler de vientres". Pero sobre todo advierte que "el nuevo Código Civil se enmarca en una tendencia individualista que debilita los vínculos familiares en pos de la autonomía del individuo. Tal tendencia no contribuye al bien común y conduce a sutiles formas de desprotección de la persona humana, que al ver debilitada la familia, queda a merced del poder del Estado y de las organizaciones más poderosas sin los suficientes resguardos que ofrece la familia".
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El Centro de Bioética Persona y Familia, que preside el doctor Nicolás Laferriere, hizo un primer análisis del nuevo Código Civil y Comercial, aprobado ayer por el oficialismo y sus aliados en la Cámara de Diputados y con ausencia de la oposición.

Tras expresar que es "llamativo" que se incorpore un artículo referido al cuerpo humano entre los "bienes", destaca que el artículo 19 disponga que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción", porque se ajusta a lo que ya reconoce la tradición jurídica argentina en el sentido que la vida comienza desde la concepción, dentro o fuera del seno materno.

Asimismo, indica que el artículo 57 establezca que "está prohibida toda práctica destinada a producir una alteración genética del embrión que se transmita a su descendencia" y el artículo 60 mantenga la prohibición de la eutanasia conforme a la actual redacción de la ley 26529 que regula los derechos de los pacientes. Cuestiona, sin embargo, que en el artículo 59 se ratifique lo dispuesto por la ley 26742 de muerte digna y se permite la renuncia a la "alimentación y la hidratación", en lo que constituye una forma de eutanasia pasiva.

Señala que el nuevo Código Civil "regule los efectos filiatorios de las técnicas de fecundación artificial casi sin poner límites, permitiendo la dación anónima de gametos y estableciendo la voluntad procreacional como criterio rector, en lo que constituye un giro individualista que coloca a los deseos de los adultos por sobre el interés de los niños" y cuestiona que los proyectos en debate en la Cámara de Diputados hasta el momento "no se preocupan de proteger al embrión y están redactados dando prioridad a los deseos de los adultos".

Valora que se hayan quitado, en relación con el proyecto original enviado al Senado y redactado por un equipo de notables encabezados por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, los artículos referidos a la fecundación post-mortem y la maternidad por sustitución (alquiler de vientres).

Por último, el Centro de Bioética advierte que "el nuevo Código Civil se enmarca en una tendencia individualista que debilita los vínculos familiares en pos de la autonomía del individuo. Tal tendencia no contribuye al bien común y conduce a sutiles formas de desprotección de la persona humana, que al ver debilitada la familia, queda a merced del poder del Estado y de las organizaciones más poderosas sin los suficientes resguardos que ofrece la familia".

El texto completo del análisis puede encontrarse en este enlace.+
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