Obispos advierten sobre la gravedad de la aprobación del aborto en la Convención Constitucional
- 16 de marzo, 2022
- Santiago de Chile (AICA)
El episcopado chileno sostiene que al establecer el aborto como "un derecho constitucional" sin ninguna restricción, cualquier ley que pretenda regularlo puede ser declarada inconstitucional.
El Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile dio a conocer una declaración respecto de la aprobación de norma por parte de la Convención Constitucional que establece que el Estado debe asegurar a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, entre otras cosas, “las condiciones para (…) una interrupción voluntaria del embarazo”.
"Es necesario señalar que esta norma, por sí misma, es un gravísimo atentado a la dignidad de la persona humana y sus derechos fundamentales, más allá de cualquier concepción religiosa. Además, no se establecen condicionamientos ni limitaciones a este derecho, ni se da un mandato al legislador para que lo regule por una ley, con lo cual queda abierto el camino para permitir el aborto a todo evento", advirtieron los obispos chilenos.
"Establecido el aborto como un derecho constitucional sin ninguna restricción, cualquier ley que pretenda regularlo puede ser declarada inconstitucional. De esta manera, podría darse el caso que fueran abortadas creaturas incluso de siete u ocho meses o a punto de nacer", sostuvieron en una declaración.
La Convención Constitucional de Chile aprobó este martes por más de dos tercios una iniciativa destinada a permitir la "interrupción voluntaria del embarazo", que de ese modo formará parte del proyecto de nueva Constitución que deberá ser votado por la ciudadanía en plebiscito. Se trata del inciso dos del artículo 16 sobre derechos sexuales y reproductivos, que fue aprobado por 108 convencionales, tuvo 39 rechazos y seis abstenciones.
Texto de la declaración
1. El pleno de la Convención Constitucional aprobó ayer martes 15 de marzo, una norma sobre derechos sexuales y reproductivos que quedó en situación de ser incorporada al texto constitucional. Dicha norma establece que el Estado debe asegurar a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, entre otras cosas, “las condiciones para (…) una interrupción voluntaria del embarazo”. Es necesario señalar que esta norma, por sí misma, es un gravísimo atentado a la dignidad de la persona humana y sus derechos fundamentales, más allá de cualquier concepción religiosa. Además, no se establecen condicionamientos ni limitaciones a este derecho, ni se da un mandato al legislador para que lo regule por una ley, con lo cual queda abierto el camino para permitir el aborto a todo evento. Establecido el aborto como un derecho constitucional sin ninguna restricción, cualquier ley que pretenda regularlo puede ser declarada inconstitucional. De esta manera, podría darse el caso que fueran abortadas creaturas incluso de siete u ocho meses o a punto de nacer.
2. Es evidente que una norma de tal naturaleza constituye un hecho de la máxima gravedad. La Convención afirma un derecho a decidir en forma libre y autónoma sobre el propio cuerpo, pero olvida y silencia del todo que en el vientre de quien está embarazada hay un segundo cuerpo, otro ser humano, que para quienes aprobaron la norma simplemente no existe.
Agradecemos a quienes en la Convención se han opuesto a esta norma, pero lamentablemente, como lo hemos sostenido en reiteradas oportunidades, se ha ido imponiendo en el país una mentalidad contraria a la vida de la persona ya concebida. Por eso llamamos a los chilenos a ser conscientes de esta triste dinámica, que tiene como corolario inaudito la incorporación del aborto libre nada menos que como un derecho constitucional. Con el Papa Francisco volvemos a decir: “si la dignidad de la persona humana no queda a salvo y, por el contrario, consideramos a algunos menos valiosos o descartables, no hay futuro ni para la fraternidad ni para la sobrevivencia de la humanidad” (cf. Papa Francisco, Fratelli Tutti, 107).
3. Una Constitución Política con una norma sobre aborto libre no podrá ser sentida y asumida como propia por muchos chilenos, entre ellos muchas personas que profesamos una fe religiosa, pues el respeto a la vida humana desde la concepción no es algo secundario o cuya consideración sea optativa, sino un valor fundamental que afirmamos apoyados en la razón y la fe. De no cambiar esta decisión, la Convención Constitucional pone un obstáculo insalvable para que muchos ciudadanos den su aprobación al texto constitucional que se está elaborando. Lamentamos que la mayoría de los convencionales estén optando por polarizar el proceso constitucional con un tema tan significativo, en vez de ofrecer una propuesta en la que la mayor parte de los chilenos podamos reconocernos, más allá de nuestras legítimas diferencias, en torno a un proyecto compartido.
Firma la declaración el cardenal Celestino Aós Braco (arzobispo de Santiago) presidente; monseñor Fernando Chomali Garib (arzobispo de Concepción), vicepresidente; monseñor Juan Ignacio González Errázuriz (obispo de San Bernardo); monseñor Ricardo Morales Galindo (obispo de Copiapó); y monseñor Sergio Pérez de Arce Arriagada (obispo de Chillán), secretario general.+