Jueves 28 de marzo de 2024

La peregrinación San Luis del Palmar a Itatí propuesta como Patrimonio Cultural Inmaterial

  • 5 de noviembre, 2020
  • Corrientes (AICA)
En la provincia de Corrientes se presentó ante la Cámara de Diputados el proyecto para declarar esta peregrinación como Patrimonio Cultural Inmaterial.
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El Poder Ejecutivo de Corrientes propuso en la Cámara de Diputados de la provincia declarar Patrimonio Cultural Inmaterial la peregrinación que se realiza de San Luis del Palmar al santuario de Nuestra Señora de Itatí.

Su finalidad es “revalorizar la peregrinación como una manifestación de fe, única en su naturaleza, y en consecuencia cuidar y mantener la identidad de un pueblo, su modo de pensar y de sentir colectivo, que lleva más cien de años recorriendo este tradicional sendero de fe”.

Asimismo, se busca preservar el modo de trasladarse de los peregrinos, en carretas y caballos; su vestuario tradicional; sus comidas típicas, guiso del peregrino y el avío de cada familia; y sus modos de expresarse natural y espontáneamente, hablando en guaraní, con chamamé y sapucai, según se detalla en el proyecto del Ejecutivo.

Se argumenta que distintos historiadores rescatan la antigüedad de esta peregrinación, que se remonta incluso antes de la Coronación Pontificia de la Virgen de Itatí.

“Es justo mencionar estudios que se refieren a que las peregrinaciones se remontan a mucho antes de 1900, cuando los pobladores peregrinaban con carretas de once bueyes y estas carretas sumaban alrededor de treinta”, señalan en referencia a exposiciones del investigador correntino ya fallecido, Pocho Roch. En igual línea, se mencionan trabajos de Miguel Fernando González Azcoaga, en los que se indica: “La primera peregrinación sanluiseña tuvo lugar el 22 de diciembre de 1900 y llegó a Itatí en la mañana del 24, pasando por San Cosme, donde se agregaron otros peregrinos”.

Se resalta, además, un extracto del presbítero Esteban Bajac quien indica que “coronada la Virgen por Breve Pontificio, multiplicáronse esas peregrinaciones generales de modo asombroso, llevándose las palmas el departamento San Luis del Palmar, que anualmente (...) en automóviles y vehículos inverosímiles, innumerables filas de jinetes, multitud a pie, de la que muchos han debido salvar veinte o más leguas, orden, cánticos, rezo del rosario y aclamaciones, con frío intenso, a veces, y otras bajo el azote de la tempestad, han hecho aclamar a quienes presenciaron las romerías del Valle y Luján: esta grandiosidad de la fe y abnegación de las masas populares no se ve en ninguna parte”.

Consta, en efecto, que recién se comienza a contabilizar desde el año 1900, cuando en la ciudad de Corrientes era coronada la Virgencita de Itatí, pero la manifestación cultural data de mucho antes.

Para el gobierno de Corrientes, el proyecto halla sólido fundamento en el concepto de Patrimonio Cultural Inmaterial elaborado por la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada por la UNESCO en 2003 (ratificada por la República Argentina mediante la Ley Nacional Nº 26.118): “Son los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural y que hereden de generación en generación uniendo pasado, presente y futuro”.

También se menciona como antecedente a la Ley Nº 6.193, que en su artículo 1º declara patrimonio cultural inmaterial de la Provincia de Corrientes a los usos, representaciones, exposiciones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- de la comunidad correntina.

Dicha normativa entiende como patrimonio cultural inmaterial el que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.

En el mismo sentido, el artículo 3º, inciso d, del mismo texto legal que declara que el patrimonio cultural inmaterial correntino comprende a usos sociales, rituales y actos festivos, entre ellos a los actos en honor a la Virgen de Itatí. Asimismo, la Resolución Nº 1.262/2018 del Instituto de Cultura de la Provincia incorpora al registro de bienes de patrimonio cultural inmaterial a la Peregrinación a Itatí, manifestación religiosa popular.

“Salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial significa cuidar que las costumbres, tradiciones, expresiones o manifestaciones de una comunidad sigan siendo practicadas en el presente y, así, transmitirlas a las generaciones futuras. Para ello, es importante adoptar diversas medidas para asegurar su recreación y transmisión. Comprende la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión (a través de la enseñanza formal y no formal) y revitalización del mismo”, argumenta el Poder Ejecutivo.

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