Jueves 21 de noviembre de 2024

El Papa revisa la ley penal de las Iglesias Orientales

  • 5 de abril, 2023
  • Ciudad del Vaticano (AICA)
En un nuevo motu proprio, Francisco introduce cambios al Código de Derecho Canónico de esas Iglesias, similares a los realizados al Código Latino de Derecho Canónico en 2021.
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En una nueva carta apostólica emitida en forma de motu proprio, el papa Francisco revisó el derecho penal de las Iglesias Orientales, armonizando algunos aspectos de la disciplina oriental con los de la Iglesia latina, conservando las características distintivas del derecho de esas Iglesias. 

La carta, con el incipit Vocare peccatores, fue firmada el 20 de marzo, solemnidad de San José, y publicada este miércoles 5 de abril. La nueva ley entrará en vigor el 29 de junio de 2023, fiesta de San Pedro y San Pablo.

El Santo Padre ya había modificado el Libro VI del Código de Derecho Canónico relativo a las sanciones penales en la Iglesia latina en 2021, con la constitución apostólica Pascite gregem Dei, lo cual fue fruto de un trabajo de revisión iniciado bajo el papa Benedicto XVI.

En ese momento, el papa Francisco explicó que estaba claro que la disciplina penal promulgada por san Juan Pablo II en el Código de Derecho Canónico de 1983 necesitaba ser revisada, “para que los pastores de la Iglesia puedan emplearla como un medio más flexible de corrección y salvación, susceptible de aplicarse con prontitud y con caridad pastoral, para evitar males más graves y curar las heridas causadas por la debilidad humana”. El nuevo Libro VI del Código Latino entró en vigor el 8 de diciembre de 2021.

El Papa afirmó que es “una exigencia concreta y esencial de la caridad, no solo hacia la Iglesia, la comunidad cristiana y los posibles perjudicados, sino también hacia aquellos que cometen delitos y necesitan ellos mismos la misericordia y la corrección de la Iglesia”. Señaló que “en el pasado, se hizo un gran daño por no apreciar la estrecha relación que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y el recurso, cuando las circunstancias y la justicia lo exigen, a las sanciones disciplinarias”.

En la carta apostólica de hoy, el pontífice afirma claramente que los fines de la pena son la restauración de la justicia, la corrección del ofensor y la reparación de la ofensa y del daño. Los pastores, por tanto, manifiestan su solicitud cuando se esfuerzan por corregir el comportamiento de los fieles cristianos que obran mal.

“Las nuevas normas determinan mucho más claramente cuándo debe intervenir la autoridad eclesiástica en caso de infracciones”, explica monseñor Juan Ignacio Arrieta, secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos. “Son más precisas y las sanciones a imponer también son más claras, mejor determinadas. Además, la disciplina oriental también se ha armonizado con la disciplina latina en muchos aspectos, como los del abuso de menores y la protección de los sacramentos”.+