Viernes 22 de noviembre de 2024

El Papa publica nuevas leyes sobre transparencia en contratos públicos

  • 1 de junio, 2020
  • Ciudad del Vaticano (AICA)
Motu proprio del papa Francisco sobre la transparencia, control y concurrencia en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos de la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano.
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La Oficina de Prensa de la Santa Sede publicó hoy, lunes 1 de junio, la carta apostólica en forma motu proprio del papa Francisco sobre la transparencia, control y concurrencia en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos de la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano.



De acuerdo a una nota difundida por el Vaticano, “el reglamento se inscribe en la legislación internacional más avanzada en la materia” y el principio inspirador de este nuevo texto “es la diligencia del buen padre de familia, que desea una gestión eficaz y ética de sus propios recursos, que al mismo tiempo favorezca la transparencia, el control y un trato equitativo de la competencia real entre quienes desean establecer una relación económica con las entidades en cuestión”.



Se trata de un código único, “que va más allá de las regulaciones vigentes en algunas entidades individuales y que ahora se aplica a todas las entidades referidas a la Santa Sede y al Estado de la Ciudad del Vaticano”, continúa.



El texto, que es el resultado de cuatro años de trabajo compartido entre varias entidades del Vaticano, se titula “Reglas sobre la transparencia, el control y la competencia en los contratos públicos de la Santa Sede y de la Ciudad del Vaticano” y consta de 86 artículos, a los que se suman otros 12 relacionados con la protección judicial en casos de litigio.



Es promulgado en forma de un “Motu proprio” del papa Francisco y entrará en vigor 30 días después de su publicación en “L'Osservatore Romano”.



El objetivo de la nueva ley es el uso sostenible de los fondos internos, el transparencia en los procedimientos de adjudicación, y la igualdad de trato y no discriminación entre los licitadores, en particular mediante medidas capaces de combatir los acuerdos ilícitos en relación con la competencia y la corrupción “.



Entre los principios fundamentales se señala que el procedimiento de adjudicación debe ser “transparente, objetivo e imparcial”.



También “la ética en la orientación de las decisiones económicas” a fin de obtener “bajo costo, efectividad y eficiencia” y la “planificación y racionalización del gasto “evitando operaciones innecesarias”.



Se toman medidas contra el conflicto de intereses, los acuerdos de competencia desleal y la corrupción, para evitar “cualquier distorsión de la competencia y garantizar la igualdad de trato entre todos los operadores económicos”.



Deberán quedar fuera de las licitaciones los operadores económicos que están bajo investigación, medidas preventivas o condenados por su “participación en una organización criminal, corrupción, fraude, delitos terroristas”, “lavado de dinero” o “explotación del trabajo infantil, formas de trata o explotación de seres humanos.



Pero también serán causas de exclusión el incumplimiento de las “obligaciones relacionadas con el pago de impuestos o contribuciones a la seguridad social de acuerdo con las regulaciones del país en el que está establecida “, o por residir o establecerse en Estados “con regímenes fiscales privilegiados”.



Excepto con algunas excepciones “todos los bienes y servicios” deben ser adquiridos por “autoridades centralizadas”.



La lista de precios se actualizará cada seis meses y las tarifas de referencia para bienes y servicios “junto con los costos laborales de los profesionales registrados”.+



» Texto de la carta apostólica del Papa Francisco