El Papa nombró arzobispo coadjutor de Corrientes a Mons. Larregain OFM

  • 27 de septiembre, 2024
  • Buenos Aires (AICA)
Tiene 58 años y actualmente es obispo auxiliar de la arquidiócesis correntina

El Santo Padre Francisco, nombró hoy arzobispo coadjutor de Corrientes a monseñor José Adolfo Larregain OFM, de 58 años, actualmente obispo auxiliar de la arquidiócesis correntina, cuyo arzobispo es monseñor Andrés Stanovnik OFMCap.

La información fue hecha pública en forma simultánea en Roma y en Buenos Aires. Aquí lo hizo el nuncio apostólico, monseñor Miroslaw Adamczyk, a través de la agencia AICA.

Datos biográficos de Mons. Larregain OFM
Nació en Adolfo Gonzáles Cháves, provincia de Buenos Aires, el 3 de abril de 1966.

Fue ordenado sacerdote en la Orden Franciscana de los Hermanos Menores el 19 de marzo de 2004 y elegido obispo titular de Mauriana y auxiliar de Corrientes el 21 de marzo de 2020 por el papa Francisco.

Recibió la ordenación episcopal en la catedral Nuestra Señora del Rosario, el 29 de junio de 2020 de manos de monseñor Andrés Stanovnik OFMCap, arzobispo de Corrientes. Los coconsagrantes fueron monseñor Domingo Salvador Castagna, arzobispo emérito de Corrientes; monseñor Adolfo Ramón Canecín, obispo de Goya; y monseñor Gustavo Montini, obispo de Santo Tomé.

Su lema episcopal es: "Nosotros somos testigos".

¿Qué es un obispo coadjutor?
Este nombramiento es otorgado por el Papa a petición del obispo de una diócesis, o por propia iniciativa del Santo Padre, generalmente cuando el obispo tiene edad avanzada y está próximo a renunciar (Mons. Andrés Stanovnik OFM Cap., cumplirá 75 años el 15 de diciembre de 2024).

La labor del coadjutor consiste en auxiliar al obispo y, cuando este renuncie por motivo de edad u otros, seguir la labor evangelizadora. También puede darse este nombramiento cuando el sumo pontífice lo estime conveniente.

Dado que el nombramiento significa la designación futura como obispo diocesano, el coadjutor goza de una serie de derechos, como el de asistir al obispo diocesano en el gobierno de la diócesis, sustituyéndolo en caso de ausencia o impedimento en el desempeño del gobierno pastoral; ser nombrado vicario general; y ser consultado en los asuntos de mayor importancia.+