Aclaraciones del arzobispo de La Plata sobre el ministerio de Catequesis

  • 1 de julio, 2022
  • La Plata (Buenos Aires) (AICA)
Monseñor Víctor Manuel Fernández encomendó al clero platense "leer atentamente y tener en cuenta" los criterios desarrollados en torno al ministerio de la Catequesis en la arquidiócesis.

En consonancia con lo instituido por el papa Francisco a través de dos cartas apostólicas en forma de Motu Proprio sobre los Ministerios laicales del Lectorado y Acolitado con acceso a las mujeres; y el Ministerio del Catequista, el arzobispo de La Plata, monseñor Víctor Manuel Fernández comunicó algunos aspectos para tener en cuenta en la arquidiócesis.

Al referirse a dichas cartas apostólicas, recordó que "la primera, Spiritus Domini, del 10 de enero de 2021, ha modificado el can. 230 §1 del Código de Derecho Canónico sobre el acceso de las personas de sexo femenino al ministerio instituido del Lectorado y del Acolitado”, al tiempo que explicó que la segunda carta, Antiquum ministerium, “ha instituido el ministerio del Catequista (para catequistas parroquiales, no de colegios) sólo para algunos catequistas (no para la totalidad de los que dan catequesis), y el 1 de enero del 2022 entró en vigencia el ritual aprobado en la Editio Typica”.  

El arzobispo explicó que los párrocos que tengan candidatos para estos ministerios pueden presentarlos al provicario, padre Khidir, para que reciban una breve preparación y se presenten para la aprobación del arzobispo. Luego, los mismos párrocos, delegados por el arzobispo, podrán realizar el rito de institución. 

En ese sentido, pidió encarecidamente a los miembros del clero platense “leer atentamente y tener en cuenta los criterios que a continuación se explican”.

Perfil amplio del Ministerio de Catequista 
Antiquum ministerium propone dos perfiles para este ministerio: uno más restringido a la actividad catequística y otro más amplio que implica que las personas que reciban este ministerio puedan participar más activamente de la obra evangelizadora en la parroquia y ser convocadas a otras tareas y formas de participación. La Conferencia Episcopal podrá optar en general por una de estas dos formas, pero dentro del ámbito de esta arquidiócesis considero más adecuado que promovamos el protagonismo laical y que este ministerio tenga el alcance más amplio. El motu proprio dice que este ministerio “se presta a la Iglesia local según las necesidades pastorales identificadas por el Ordinario del lugar” (AM 8)

Esta opción de todos modos supone que, en caso de que estos ministros catequistas se trasladen a otra diócesis, el ministerio podrá no tener el mismo alcance en ese lugar, y que las demás atribuciones que puedan tener dependerán de lo que determine cada párroco. 

El Santo Padre ha querido expresar en el espíritu de la eclesiología de comunión y ministerios del Concilio Vaticano II, y en el estilo sinodal que está en la fuente de la vida eclesial, la necesidad de estimular y discernir diversas vocaciones para la edificación de la comunidad y del servicio a las necesidades evangelizadoras del mundo de hoy. En su carta Antiquum ministerium insiste que este ministerio está presente de forma germinal en la figura de los maestros, en las primeras comunidades cristianas, dotadas de dones, carismas y ministerios suscitados por el Espíritu, como lo atestiguan los textos del Apóstol Pablo (1 Cor 12, Ef 4, Gal 6) entre otros. 

El Concilio Vaticano II ha querido poner de relieve la conciencia del compromiso del laicado en la obra evangelizadora de la Iglesia. Como dice el Motu Proprio en el número 5: “Sin ningún menoscabo a la misión propia del Obispo… es necesario reconocer la presencia de laicos y laicas que, en virtud del propio bautismo, se sienten llamados a colaborar en el servicio de la catequesis”. ¿Pero qué novedad aportan los ministerios? Es verdad que el apostolado laical es un llamado a todos los bautizados, pero algunos “pueden ser llamados de diversos modos a una colaboración más inmediata con el apostolado de la Jerarquía (ibíd.). 

El número 6 ya ofrece una descripción del sentido amplio de este ministerio: “El catequista, en efecto, está llamado en primer lugar a manifestar su competencia en el servicio pastoral de la transmisión de la fe, que se desarrolla en sus diversas etapas: desde el primer anuncio que introduce al kerygma, pasando por la enseñanza que hace tomar conciencia de la nueva vida en Cristo y prepara en particular a los sacramentos de la iniciación cristiana, hasta la formación permanente que permite a cada bautizado estar siempre dispuesto a «dar respuesta a todo el que les pida dar razón de su esperanza» (1 P 3,15). El catequista es al mismo tiempo testigo de la fe, maestro y mistagogo, acompañante y pedagogo que enseña en nombre de la Iglesia. Una identidad que sólo puede desarrollarse con coherencia y responsabilidad mediante la oración, el estudio y la participación directa en la vida de la comunidad”. 

Distinguir Mandato de Ministerio 
Sin embargo, no todos los catequistas tienen la misma dedicación, disponibilidad y estabilidad en el ejercicio de esta misión evangelizadora que va más allá de un encuentro catequístico semanal. Por ello hay que distinguir la colación de este ministerio de la entrega del Mandato por parte del obispo al terminar un primer ciclo de formación en las Escuelas Arquidiocesanas de Catequistas Parroquiales. El Mandato seguirá existiendo para todos los catequistas, pero el ministerio está reservado sólo a algunos. La realidad de un ministerio en la Iglesia designa un encargo eclesial permanente, que identifica una vocación específica, y una dedicación comprometida y estable con un servicio concreto. Supone la aceptación de la persona y un discernimiento eclesial. 

En el número 8 se agrega: “Este ministerio posee un fuerte valor vocacional que requiere el debido discernimiento por parte del Obispo y que se evidencia con el Rito de Institución. En efecto, éste es un servicio estable que se presta a la Iglesia local según las necesidades pastorales identificadas por el Ordinario del lugar, pero realizado de manera laical como lo exige la naturaleza misma del ministerio. Es conveniente que al ministerio instituido de Catequista sean llamados hombres y mujeres de profunda fe y madurez humana, que participen activamente en la vida de la comunidad cristiana, que puedan ser acogedores, generosos y vivan en comunión fraterna, que reciban la debida formación bíblica, teológica, pastoral y pedagógica para ser comunicadores atentos de la verdad de la fe, y que hayan adquirido ya una experiencia previa de catequesis. Se requiere que sean fieles colaboradores de los sacerdotes y los diáconos, dispuestos a ejercer el ministerio donde sea necesario, y animados por un verdadero entusiasmo apostólico.".

El 20 de agosto y colaciones sucesivas 
A partir del año próximo, los párrocos, con la aprobación escrita y delegación del arzobispo, podrán instituir ministros catequistas a medida que lo vean conveniente. Pero este año, el 20 de agosto, por única vez y como signo diocesano, el arzobispo otorgará este ministerio sólo a algunos que ya estén de hecho viviendo de manera estable y probada los objetivos más amplios de este ministerio, es decir: participando activamente y con un compromiso ya consolidado, de la actividad evangelizadora de la parroquia. Se trata simplemente de formalizar y bendecir a través de la colación del ministerio algo que de hecho ya se está dando en personas que han recibido una formación suficiente y hacen un aporte entusiasta no sólo a la catequesis sino a la obra misionera y evangelizadora de la parroquia. Estas consideraciones permiten tener algunos elementos para realizar el discernimiento y elección en cada comunidad parroquial de aquellas personas que puedan asumir ya desde este año este ministerio de la catequesis. 

Condiciones concretas requeridas 
En síntesis, para el discernimiento hay tener en cuenta: 

  • que sean personas con una dedicación estable y afianzada en la catequesis,  
  • que se prevea razonablemente que seguirán siendo catequistas por mucho tiempo más, 
  • que tengan una participación fervorosa y fecunda en la vida comunitaria y en las iniciativas misioneras,  
  • que ya hayan recibido una formación suficiente y se advierta el deseo de seguir formándose, 
  • que lleven una vida de fe y oración, de crecimiento constante en su identidad (testigo de la fe, maestro, mistagogo, acompañante, pedagogo),  
  • que tengan entusiasmo no sólo por la enseñanza sino también por el anuncio a los alejados, y les preocupe además la formación y el crecimiento de la comunidad,  
  • que sea claro su testimonio de fraternidad y vinculación en la comunidad,  
  • que manifiesten estrecha comunión con la Iglesia, con las enseñanzas y orientaciones del Santo Padre, con las iniciativas del obispo local y del propio párroco. 

Procedimiento concreto 
El candidato, a propuesta del párroco, debe solicitar el ministerio por escrito al arzobispo, a través del párroco respectivo, y será el propio arzobispo quien discierna la conveniencia y oportunidad de su designación este año. Esta primera institución de ministros catequistas se prevé realizar en la misa del sábado 20 de agosto, en el Encuentro Arquidiocesano de Catequistas que se realizará en el Seminario Mayor, donde también se entregará el mandato a los catequistas que egresen de las escuelas este año. 

Para poder llevar un registro único, se pide a los párrocos que, si tienen candidatos para esta primera colación del ministerio catequístico, sigan el siguiente procedimiento: 

  • Hablen personalmente con cada candidato sobre la “posibilidad” del ministerio. 
  • Escriban al Arzobispo haciendo la solicitud,  indicando nombre de la persona, DNI, los años que hace que está dictando catequesis y en qué otra tarea parroquial colabora. Al mismo tiempo, se debe adjuntar la aceptación del propio candidato. 
  • Informen también (por copia) al Director de Catequesis, padre Gerardo Gallo. 
  • Una vez que reciban la respuesta del Arzobispo podrán dar la confirmación al candidato y convocarlo a la Misa del 20 de agosto para recibir el ministerio. 

No hay ninguna obligación de proponer candidatos ahora, ya que los requisitos son varios e importantes. Este año se trata sólo de “blanquear” la situación óptima de algunas personas ya muy probadas que de hecho ya están viviendo esto y a las que se reconoce, confirma, envía y bendice. Recuerden que a partir del año próximo el arzobispo podrá delegar al propio párroco para realizar la colación de este ministerio en la parroquia cuando el párroco lo considere conveniente. Por otra parte, es posible que a partir del año próximo haya también otras indicaciones, aportes y sugerencias por parte de la CEA, ordenadas a enriquecer el discernimiento y el acompañamiento de los candidatos.+