Aborto: El fallo de la Corte, dudas, incógnitas y perplejidades

  • 30 de marzo, 2012
  • Mar del Plata (Buenos Aires)
El doctor Roberto Mario Benzo, abogado e integrante de la Pastoral Social de la diócesis de Mar del Plata, aseguró que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia declarando la no punibilidad del aborto en caso de violación "interna en un mar de dudas, incógnitas y perplejidades". "Si por hipótesis pudiera existir una duda razonable en alguno de los supremos jueces acerca del instante en que comienza la vida humana, siempre quedará el recurso de resolver la cuestión apelando al noble principio ?in dubio pro homine? -en caso de duda la norma se aplicará a favor del ser humano- invocado pero no honrado en la sentencia de la Corte", aseveró en un artículo publicado en el diario La Capital, de Mar del Plata.
El doctor Roberto Mario Benzo, abogado e integrante de la Pastoral Social de la diócesis de Mar del Plata, aseguró que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia declarando la no punibilidad del aborto en caso de violación "interna en un mar de dudas, incógnitas y perplejidades". El letrado ofreció argumentos del Derecho para cuestionar el fallo del máximo tribunal e interpeló sobre puntos que subyacen en esa decisión, como la apertura al "fraude" que significa que sólo baste la declaración jurada de violación por parte de la víctima o su representante legal para realizarse un aborto o la "invisibilidad" mediante el silencio y la indiferencia al violador, causante protagónico de estos dramas. "Si por hipótesis pudiera existir una duda razonable en alguno de los supremos jueces acerca del instante en que comienza la vida humana, siempre quedará el recurso de resolver la cuestión apelando al noble principio ?in dubio pro homine? -en caso de duda la norma se aplicará a favor del ser humano- invocado pero no honrado en la sentencia de la Corte", aseveró en un artículo publicado en el diario La Capital, de Mar del Plata. Texto del artículo Convengamos que el tema es delicado y tiene múltiples aristas. Tantas como circunstancias hay en la vida. Por eso, en principio, limitémonos a hablar sólo de Derecho, que es una materia opinable por definición. La reciente sentencia unánime sobre el aborto dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su jurídicamente muy competente composición actual, nos interna en un mar de dudas, incógnitas y perplejidades: a) El artículo 70 del Código Civil, el cuerpo legal específico de más alta jerarquía en el orden interno sobre el tema, establece inequívocamente que "la vida humana comienza desde la concepción en el seno materno". La sentencia, desconociendo este artículo, ¿lo deroga? b) La redacción del artículo 86 del Código Penal data de 1921, ¿esa norma no entró en colisión con las convenciones internacionales suscriptas posteriormente por nuestro país? c) A propósito, las presiones y eventuales sanciones de los organismos internacionales, citados por el Tribunal en el fallo, ¿importan más que la propia letra de las convenciones (por ejemplo, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, artículo 4, consagrando el derecho a la vida desde la concepción)? d) Desde algunos sectores se sostiene que la persona sólo es persona si ha sido "deseada por la madre" lo que llaman culturización del embrión-. Entonces, si no ha sido "deseada por la madre" ¿no es persona? e) Cualquier estudiante de las primeras letras de la carrera de Abogacía conoce que los bienes jurídicos protegidos tienen una jerarquía. Naturalmente, el primer lugar lo ocupa "la defensa de la vida humana" en su sentido más amplio. Recién después, y sólo después, siguen el derecho a la salud y los restantes bienes jurídicos. ¿Se ha subvertido ese orden? ¿En qué lugar queda la protección de la vida: segundo, sexto, décimo?, ¿dónde? f) Aceptado el principio del mal menor y puestos a elegir entre un daño potencial y reversible (las eventuales consecuencias físicas y/o psíquicas en la salud de la madre) y un daño actual, cierto e irreversible (la eliminación de la persona por nacer), la lógica más elemental ¿no indica de manera indudable que la defensa de la vida es la decisión correcta? g) La mayor parte de las legislaciones que admiten el aborto fijan la admisibilidad del mismo hasta los tres meses de embarazo. La sentencia de la Corte nada dice al respecto. ¿Se podrá practicar el aborto en cualquier tiempo? h) Al establecer que sólo basta la declaración jurada de violación por parte de la víctima o de su representante legal para realizar el aborto se puede abrir la puerta al fraude como el mismo fallo prevé. ¿No es absurdo que resulte más dificultoso el trámite para dar de baja una línea de telefonía celular o cobrar un seguro por robo del estéreo del auto que obtener la autorización para suprimir una vida? i) ¿Es lícito invisibilizar con el silencio y la indiferencia al violador, causante protagónico de estos dramas? El delincuente, habitante de uno de los abismos más sórdidos y despreciables de la condición humana, en lugar del premio del olvido y la impunidad, ¿no es merecedor de la memoria, la persecución y la condena en todo tiempo y lugar? j) Ultimo y bien importante. Si por hipótesis pudiera existir una duda razonable en alguno de los supremos jueces acerca del instante en que comienza la vida humana, siempre quedará el recurso de resolver la cuestión apelando al noble principio "in dubio pro homine" -en caso de duda la norma se aplicará a favor del ser humano- invocado pero no honrado en la sentencia de la Corte. Ciertamente, como ya lo hemos expresado, en este catálogo incompleto y provisional de asombros no están abordados los múltiples e importantísimos aspectos humanos y, en especial, la situación de la mujer víctima que merece toda la atención, la compañía y el afecto del cual no pocas veces la vida la ha privado -jamás una condena y menos aún en tiempos de embarazo y puerperio-. Como dato de la realidad, sólo merece la pena detenerse en la conmovedora defensa de la maternidad y de la vida tan arraigada en las mujeres más humildes y vulnerables de nuestro pueblo. Paradójicamente las más usadas argumentalmente por los colectivos que abogan por la despenalización del aborto. Tampoco se han tratado aquí los factores económicos y políticos que inspiran estos fallos, tan descaradamente presentes en nuestra América latina desde la década del 60 hasta nuestros días, y para los cuales en los países de la periferia del mundo deben nacer la menor cantidad posible de niños pobres para disminuir el gasto social y de esa manera incrementar los fondos necesarios para el pago de las fraudulentas, ilegales e inmorales "deudas eternas". Las espadas de Damocles con que amenazan a nuestros pueblos los imperialismos de turno. Es que si no se quieren distribuir los bienes que en la tierra han sido puestos para todos, habrá que achicar la población. Y si es de los más pobres mejor aun porque con ello disminuirá también la mera posibilidad de reclamos y rebeldías. En fin, el sueño de un "mundo feliz". Eso sí...para pocos.+