Nuevo Motu proprio del Papa armoniza los dos Códigos de Derecho Canónico para una mejor pastoral

  • 15 de septiembre, 2016
  • Ciudad de Vaticano
Se publica hoy la Carta apostólica del papa Francisco en forma de Motu proprio "De concordia inter Codices", fechada el pasado 31 de mayo por la que se modifican algunas normas del Código de Derecho Canónico. Las modificaciones permitirán mejorar el trabajo pastoral en un mundo en el que las migraciones son cada vez más frecuentes, y muchos fieles católicos de rito latino o de rito oriental necesitan asistencia espiritual en territorios que no serían cubiertos por sus ritos de origen.
Se publica hoy la Carta apostólica del papa Francisco en forma de Motu proprio "De concordia inter Codices", fechada el pasado 31 de mayo por la que se modifican algunas normas del Código de Derecho Canónico. Las modificaciones permitirán mejorar el trabajo pastoral en un mundo en el que las migraciones son cada vez más frecuentes, y muchos fieles católicos de rito latino o de rito oriental necesitan asistencia espiritual en territorios que no serían cubiertos por sus ritos de origen. El Santo Padre escribe que debido a la solicitud constante por la concordancia entre los Códigos percibió que hay algunos puntos que no están en perfecta armonía entre las normas del Código de Derecho Canónico y las del Código de Cánones de las Iglesias orientales. Los dos códigos tienen, por un lado, normas comunes, y por otro lado peculiaridades propias que los hacen autónomos entre sí. Sin embargo, es necesario que también en las normas peculiares haya una concordancia suficiente porque de hecho las divergencias repercutirían negativamente en la práctica pastoral, especialmente en los casos en los que se deben reglamentar las relaciones entre los individuos que pertenecen, respectivamente, a la Iglesia latina y a una Iglesia Oriental. El Pontífice señala que esto es particularmente cierto en nuestros días, en que la movilidad de la población determinó la presencia de un gran número de fieles orientales en territorios latinos. Una situación nueva que genera numerosos problemas pastorales y jurídicos que deben ser resueltos con las normas apropiadas. Por ejemplo, cabe recordar que los fieles orientales están obligados a observar su propio rito estén donde estén y, por lo tanto, la autoridad eclesiástica competente tiene la grave responsabilidad de proporcionarles medios adecuados para que puedan cumplir esta obligación. La armonización normativa es, ciertamente, uno de los medios que contribuirá a promover el desarrollo de los venerables ritos orientales permitiendo a las Iglesias sui iuris una acción pastoral más eficaz. Sin embargo, también hay que tener en cuenta la necesidad de reconocer las particularidades disciplinarias del contexto territorial en que se producen las relaciones inter eclesiales. En Occidente, principalmente latino, es necesario encontrar un equilibrio adecuado entre la protección de los derechos de la minoría oriental y el respeto a la tradición canónica histórica de la mayoría latina a fin de evitar interferencias indebidas y conflictos y promover la cooperación efectiva entre todas las comunidades católicas presentes en un territorio determinado. Un motivo más para integrar la normativa del Código de Derecho Canónico con explícitas disposiciones paralelas a las ya existentes en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales ?agrega el Pontífice- es la necesidad de determinar mejor la relación con los fieles pertenecientes a las Iglesias orientales no católicas que ahora están presentes en mayor número en los territorios latinos. Por último, cabe señalar que también la doctrina canónica señaló algunas discrepancias entre los dos códigos, indicando con una convergencia sustancial, cuáles eran los puntos problemáticos y cómo hacer que concordasen. El objetivo de las normas introducidas por este Motu proprio es llegar a una disciplina concorde que brinde certeza en la acción pastoral en casos concretos. El Consejo Pontificio para los Textos Legislativos, por medio de una Comisión de Expertos en Derecho Canónico oriental y latino, identificó las cuestiones que necesitaban una adecuación normativa, elaborando un texto enviado a una treintena de consultores y expertos en todo el mundo, así como a las autoridades de los Ordinariatos latinos para los orientales. Después del estudio de las observaciones recibidas, la Sesión Plenaria del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos aprobó un nuevo texto.+