Apuran un dictamen en Diputados para manipular embriones

  • 21 de octubre, 2014
  • Buenos Aires (AICA)
Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados espera dar predictamen favorable a un proyecto que habilitaría la manipulación y descarte de embriones a través de técnicas de reproducción humana asistida. El debate se reaviva a pesar de que el Código Civil, aprobado recientemente por esta cámara, establece el comienzo de la persona humana en la concepción.
Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación espera dar predictamen favorable este martes 21 de octubre a un proyecto que habilitaría las técnicas de reproducción humana asistida. Según denunciaron desde varias plataformas, el texto prevé el descarte o la manipulación científica de los embriones luego de transcurrido un tiempo. La licenciada María Inés Franck, del Centro de Bioética, Persona y Familia, sostuvo que la media sanción del dictamen habilitaría la fecundación extracorpórea y el aporte de gametos por parte de terceros, y denunció que el texto "no asegura los fines exclusivamente reproductivos del aporte de gametos". "En síntesis, no pone límites en la cantidad de gametos aportados por persona y nada dice del estatuto jurídico de los embriones humanos, ni los protege de ninguna manera. También es una injusta discriminación contra los embriones considerados ?inviables?, permitiendo su destrucción automática o su destino a la investigación", observó la académica en un análisis sobre el texto por debatirse en el edificio anexo de la Cámara de Diputados. El Centro de Bioética también denunció que los embriones podrían ser destruidos o descartados luego de 10 años, y también consideró que hay una fuerte vulneración del derecho a la identidad de los niños concebidos por estas técnicas. "No dice nada sobre la obligación de los padres de informar a sus hijos la forma en que fueron concebidos. Esto afecta el derecho a la identidad concebidos con gametos de terceros". El texto por debatirse también prevé regular el "diagnóstico preimplantatorio", lo que genera una suerte de discriminación hacia los embriones concebidos con discapacidad, que podrían ser descartados. También no se aclara si las técnicas de reproducción están destinadas a personas infértiles o estériles, ni sobre los motivos por los cuales se recurre al aporte de gametos de terceros. Por su parte, la plataforma Familias Unidas por la Paz (Fampaz), consideró que, de convertirse este proyecto en ley, habrá en la Argentina dos tipos de personas: "Estarán las personas de primera que, luego de aprobar el ?control de calidad?, podrán ser implantados en el útero materno. Los ?no viables?, en cambio, serán destinados a todo tipo de experimentos y todos sabemos lo que eso involucra. Así será legal la eugenesia". Legislación vigente El debate acerca de las técnicas de reproducción asistida se reaviva tras la reciente sanción por esta cámara del Código Civil, en cuyo artículo 19 se establece el comienzo de la personalidad humana desde el momento de la concepción. El Congreso había sancionado en 2013 la ley 26.862 de garantía de acceso a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, con el fin de lograr un embarazo. Dicha ley creaba un registro único para la inscripción de los centros habilitados para realizar estas técnicas, habilitaba a toda persona mayor de edad a realizarse estos procedimientos, establecía la obligación de las obras sociales y prepagas de incluir la fecundación artificial en sus coberturas y pedía al Poder Ejecutivo su reglamentación posterior. La reglamentación del Poder Ejecutivo llegó poco después, a través del decreto 956/2013. Seguía manteniéndose la finalidad exclusiva de las técnicas en cuanto a buscar un embarazo; diferenciaba las técnicas de alta y baja complejidad; se refería brevemente a los requisitos de los establecimientos sanitarios que desarrollaran la fecundación artificial, a la posibilidad de incluir nuevos procedimientos y técnicas y al consentimiento informado de los beneficiarios.+