Aclaración del obispado de Santiago del Estero ante la bendición de un matrimonio

  • 15 de septiembre, 2014
  • Santiago del Estero (AICA)
Ante la bendición religiosa del matrimonio de una pareja "transexual", el obispado de Santiago del Estero recordó en un comunicado que "la doctrina de la Iglesia Católica con respecto a la celebración del matrimonio queda expresada en el Código de Derecho Canónico y el Catecismo de la Iglesia Católica, no rigiendo en la Iglesia otra ley más que ésta" y aseveró que "es decir únicamente se entiende por matrimonio el acto de la voluntad, por el cual el varón y la mujer, naturalmente concebidos como tales desde el seno materno, se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable por la que constituyen entre sí un consorcio para toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos".
Ante la bendición religiosa del matrimonio de una pareja transexual, el obispado de Santiago del Estero emitió un comunicado para "evitar cualquier confusión entre los fieles y la opinión pública en general". En la nota, se recuerda a todos que "la doctrina de la Iglesia Católica con respecto a la celebración del matrimonio, queda expresada en el Código de Derecho Canónico y el Catecismo de la Iglesia Católica, no rigiendo en la Iglesia otra ley más que ésta. (Cf. CIC cans. 1056 ss y CATIC 1659-1660)". "Es decir únicamente se entiende por matrimonio el acto de la voluntad, por el cual el varón y la mujer, naturalmente concebidos como tales desde el seno materno, se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable por la que constituyen entre sí un consorcio para toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos", subrayó.+