El médico Rodríguez Lastra será juzgado: "Tienen miedo"
- 10 de mayo, 2019
- Buenos Aires (AICA)
El Consorcio de Médicos Católicos (CMC) se ha referido en un artículo publicado recientemente al caso del médico Leandro Rodríguez Lastra, de la ciudad rionegrina de Cipolletti, quien deberá afrontar un juicio el 13 de mayo próximo por haberse negado a practicar un aborto. Con el título "Tienen miedo", han comentado que "no existe motivo por el cual, desde un análisis bioético el médico debe ser juzgado".
Con el título "Tienen miedo", el artículo firmado por la vicepresidenta del CMC, doctora Elena Passo, describe la situación ocurrida al médico el 2 de abril de 2017, en la guardia del Hospital Moguillansky de la ciudad de Cipolletti.
La atención que el doctor Rodríguez Lastra brindó a la paciente de 19 de años, con un embarazo de 22 semanas, fue lo suficientemente prudente desde un análisis bioético con respecto a la madre y con respecto al no nacido.
En este sentido, el artículo expresó que "no existe motivo por el cual, desde un análisis bioético el médico debe ser juzgado. No está en su ciencia, ni en el ejercicio de su profesión, determinar quién vive y quién no. Solo tiene la obligación moral de actuar de acuerdo al desempeño que el buen ejercicio que la medicina como arte y ciencia le impone".
Luego, la vicepresidenta del CMC cuestionó: "¿Cómo es posible entonces, que en la República Argentina se someta a juicio a un médico con el que todos nos querríamos atender?", y explicó: "Es juzgado porque aquellos que abogan por la muerte tienen miedo. Solo así se entiende que se lo someta a modo ejemplificador a semejante tortura".
Al concluir, completó: "Nuestra fortaleza es la Verdad y esa Verdad nos hace libres. Mal que les pese, somos libres de actuar en conciencia".+
Texto completo del artículo
Tienen miedo
Reflexión acerca del próximo juicio del Dr. Leandro Rodríguez Lastra
Dra. Elena Rita Passo
El 13 de mayo se iniciará el juicio al Dr. Leandro Rodríguez Lastra, médico tocoginecólogo del Hospital Moguillansky de la ciudad de Cipolletti, provincia de Río Negro. Será juzgado bajo la carátula de incumplimiento de los deberes del funcionario público.
La acción por la cual será sometido a juicio, aconteció el día 2 de abril de 2017, en que encontrándose de guardia, asiste a una paciente de 19 años de edad que cursaba un embarazo de 22 semanas de gestación y a la cual se le habría administrado algún método abortivo (probablemente misoprostol) en forma clandestina. La misma ingresa a la guardia del hospital con dolor abdominal, fiebre, deterioro del estado general y escasa pérdida hemática. El feto tenía parámetros clínicos normales.
En esa circunstancia, el médico de guardia decide:
a) estabilizar clínicamente a la paciente, inhibición de las contracciones uterinas y brindar toda la contención que es posible en una guardia.
b) preservar la estabilidad clínica del feto.
c) dar continuidad al tratamiento de los dos pacientes a través de la comunicación a las autoridades correspondientes del hospital y dando lugar en un segundo tiempo, a la intervención de un equipo asistencial interdisciplinario. De acuerdo al protocolo, al cual adhiere la provincia de Río Negro, se tiene un margen de 10 días para la realización del aborto.
Para la Organización Mundial de la Salud (OMS), aborto corresponde a la práctica realizada hasta la semana 20 de gestación y además se establece que el peso fetal tiene que ser de hasta 500 gramos. En este caso entonces, no corresponde hablar de aborto, sino de parto extremadamente prematuro, con un feto formado pero inmaduro y con altas probabilidades de morbimortalidad.
Presentados estos datos y aclarando que el profesional médico ejerce la medicina como ciencia y arte, diremos que nunca podría ser juzgado como un funcionario público, sencillamente porque no lo es.
Procederemos a continuación a realizar el análisis del caso en función de los dos pacientes involucrados: madre e hijo.
1. Análisis bioético del proceder médico con respecto a la madre:
a) Realidad objetiva: mujer de 19 años de edad que cursa embarazo de 22 semanas con intercurrencias clínicas (dolor abdominal, fiebre, deterioro del estado general, escaso sangrado), luego de maniobras abortivas.
b) Bien a tutelar: la vida e integridad física de la mujer embarazada.
c) Consecuencia ética para la praxis operativa: proceder a la estabilidad clínica de la madre a través de los procedimientos médicos correspondientes. En este caso se procedió conforme al bien a tutelar, siendo por lo tanto, la actuación médica lícita.
2. Análisis bioético del proceder médico con respecto al no nacido:
a) Feto de 22 semanas sin patología preexistente. Biológicamente inmaduro con altas probabilidades de morbimortalidad por edad gestacional.
b) Bien a tutelar: la vida y la integridad del no nacido.
c) Consecuencia ética para la praxis operativa: continuar el embarazo y dar lugar al cuidado médico correspondiente durante el mismo. La actuación médica realizada por lo tanto es considerada no sólo lícita sino además obligatoria.
Como hemos visto, no existe motivo por el cual, desde un análisis bioético el médico debe ser juzgado. No está en su ciencia, ni en el ejercicio de su profesión, determinar quién vive y quién no. Solo tiene la obligación moral de actuar de acuerdo al desempeño que el buen ejercicio que la medicina como arte y ciencia le impone.
¿Cómo es posible entonces, que en la Republica Argentina se someta a juicio a un médico con el que todos nos querríamos atender?
Un médico que no sólo tuvo una actuación idónea el día que se encontraba de guardia y por la cual es juzgado, sino que, además, el resultado de dicha acción es haber salvado las dos vidas....
Si la sociedad en su mayoría, de acuerdo al sentido común más elemental, piensa que es una aberración que sea juzgado: ¿para qué se lo somete a juicio?
Es juzgado porque los que abogan por la muerte tienen miedo. Solo así se entiende que se lo someta a modo ejemplificador a semejante tortura.
Y es que en última instancia, los médicos a través de la decisión interna de hacer el bien y de actuar en conciencia, tenemos poder. Ya que allí, donde nos quieren imponer la cultura de la muerte, nosotros podemos ser instrumentos de la luz.
En este juicio, no sólo se juzgará al Dr. Leandro Rodríguez Lastra, todos los médicos seremos juzgados. Pero, a diferencia de los que incurren por intolerancia, ignorancia y arbitrariedad, en conductas que son exclusivas del ejercicio responsable de la medicina, los médicos no tenemos miedo. Nuestra fortaleza es la Verdad y esa Verdad nos hace libres. Mal que les pese, somos libres de actuar en conciencia.